
Los consejeros Luis Biendicho y Roberto Bermúdez de Castro han firmado la orden para declarar la situación de Alerta Rojo Plus. Fabián Simón.
El Gobierno de Aragón ha activado la Alerta Rojo Plus por riesgo extremo de incendios forestales en todo el territorio de la Comunidad durante los días 26, 27 y 28 de junio. La medida supone la aplicación del nivel de máxima precaución previsto en el sistema autonómico de emergencias y afecta de forma directa al sector agrario, especialmente en comarcas como Los Monegros, que se encuentran en plena campaña de cosecha de cereal.
Durante los días de Alerta Rojo Plus queda prohibida la cosecha de cereal con cosechadora. La restricción se enmarca en las medidas adoptadas para evitar cualquier posible foco de incendio en un contexto de riesgo extremo, altas temperaturas y elevada vulnerabilidad del territorio.
La orden establece la prohibición de utilizar maquinaria y equipos cuyo funcionamiento pueda generar deflagración, chispas o descargas eléctricas. Esta limitación afecta a las labores de mayor riesgo y obliga a paralizar la recolección de cereal con cosechadora mientras permanezca activa la alerta.
Sí se mantienen, en cambio, determinadas actividades agrarias consideradas esenciales como las labores de siembra y abono, el riego de cultivos, la reparación de redes de riego, la aplicación de tratamientos fitosanitarios y las labores de inspección, mantenimiento y vigilancia de parcelas.
También están permitidas la recolección de frutos, la vendimia, las cosechas en verde y el ensilado. En el ámbito ganadero, se autoriza el suministro de agua y alimento al ganado, la recogida de purines y estiércoles, las actuaciones de reparación de servicios que proporcionen energía a las granjas y la retirada de cadáveres de animales.
La orden permite igualmente el transporte de cosechas ya recolectadas y productos agrícolas desde las parcelas hasta los centros de almacenamiento, transformación y comercialización.
Además de la restricción sobre la cosecha de cereal, la Alerta Rojo Plus prohíbe encender fuego en todo tipo de espacios abiertos, así como en áreas de descanso de la red de carreteras, zonas recreativas y zonas de acampada, incluso aunque estén habilitadas para ello.
También se suspenden las quemas de rastrojos, pastos permanentes, restos de poda y restos selvícolas, aunque contaran con autorización previa. Queda prohibido, asimismo, arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier material susceptible de originar un incendio.
La orden prohíbe también el uso de ahumadores en la apicultura en el medio natural, el material pirotécnico y la celebración de espectáculos que incluyan fuego o elementos pirotécnicos.
Del mismo modo, quedan suspendidas las pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, así como cualquier evento que pueda generar situaciones que favorezcan el inicio de un incendio forestal.
El acceso mediante vehículos a motor a los montes queda limitado para personas ajenas a las labores de vigilancia, extinción y gestión. Se contemplan excepciones para el acceso a la propiedad, el desarrollo de actividades profesionales agrícolas y ganaderas permitidas, el acceso a entornos urbanos, viviendas y alojamientos aislados, y las actuaciones de emergencia o de interés general.
También se permiten actuaciones urgentes para restablecer servicios básicos en infraestructuras viarias, de suministro y transporte de energía, agua potable, telecomunicaciones u otros servicios esenciales, siempre que no puedan aplazarse, se comuniquen previamente al 112 y se realicen con medidas de seguridad y medios suficientes para actuar en caso de incendio. En la medida de lo posible, estos trabajos deberán evitarse entre las 12.00 y las 18.00 horas.




















