
Imagen del estudio in situ que realizaron los técnicos designados por el Gobierno de Aragón.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Huesca ha dictado un nuevo auto dentro del proceso de ejecución de la sentencia que obliga al retorno de las pinturas murales del monasterio de Sijena. La resolución, firmada el 9 de octubre por la magistrada Rocío Pilar Vargas, estima de forma parcial la petición presentada por el abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español, y abre la puerta a que los técnicos de la parte ejecutante puedan examinar directamente el estado actual de las obras en el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC).
Según el auto, el consistorio podrá acceder a los archivos y documentación del museo relacionados con las pinturas, de los que podrá obtener copias, así como ver las piezas que permanecen en los almacenes del MNAC. Además, se autoriza al Ayuntamiento a interrogar a los técnicos responsables actuales de la conservación de las murales y a la técnica propuesta por el Gobierno de Aragón, con el objetivo de aclarar todas las cuestiones relativas a su conservación, desmontaje y traslado.
Para llevar a cabo esta última acción, que se desarrollaría en el propio MNAC, aprovechando la visita de los técnicos designados por el consistorio, la jueza también requiere al MNAC que identifique a los responsables actuales de las pinturas, aunque rechaza la solicitud de señalar a los técnicos que intervinieron en el pasado, por considerarlo innecesario para los fines de la ejecución.
La jueza entiende que estas actuaciones no causan perjuicio a ninguna de las partes y resultan «idóneas y proporcionadas» para garantizar que el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena pueda pronunciarse en igualdad de condiciones sobre el cronograma alternativo planteado por el museo barcelonés.
El abogado del consistorio, Jorge Español, se ha mostrado muy satisfecho con la resolución y ha subrayado que su única intención es «ayudar a la jueza a encontrar la verdad y entregarle las conclusiones con total transparencia, para que la sentencia pueda cumplirse en los términos fijados».